Con ocasión del día del Daño Cerebral Adquirido, hoy día 26 de octubre de 2015, queremos hacer un post dando a conocer la realidad de dicho colectivo, aportando nuestro grano de arena para que la sociedad comprenda y reconozca la realidad de las personas que lo sufren y la de sus familiares más cercanos.

Daño Cerebral Adquirido (DCA) puede tener un origen diverso, aunque actualmente uno de los más comunes es el producido como consecuencia de un traumatismo cranoencefálico tras un accidente de tráfico. Cualquier persona independientemente de su origen o condición social puede sufrirlo, aunque las estadísticas de tráfico indican que es más frecuente en hombres entre 16 y 35 años.

La consecuencia más grave de padecer una lesión cerebral de estas características es la muerte, por lo que no se trata de un asunto baladí que se deba tomar a la ligera. Afortunadamente, las estadísticas arrojan que sólo 30 de cada 100.000 casos tienen como desenlace el fallecimiento del accidentado. El resto, en mayor o menor medida y dejando al margen los milagrosos casos de personas que se superan sin secuelas físicas, desembocan en un Daño Cerebral Adquirido.

Entre las secuelas más evidentes se encuentran las de dimensión física. Es posible que la lesión cerebral provocada en el accidente de tráfico altere la capacidad motriz del sujeto, que pierda precisión y velocidad en sus movimientos, presente falta de equilibrio, o incluso la merma de algún sentido. A nivel cognitivo también pueden aparecer determinadas alteraciones como la pérdida de la capacidad de concentración y atención, entre otras. Además, también suelen aparecer alteraciones emocionales como evidentes cambios de humor, depresión, hipersensibilización, desinhibición, pérdida de motivación, apatía, etc.

Resulta evidente que el Daño Cerebral Adquirido propicia un cambio sustancial en la vida de la persona afectada y de su entorno más cercano. Las secuelas pueden ser de tal grado que el accidentado tenga que recibir cuidados específicos incluso durante toda su vida. De hecho, es muy complicado determinar el grado de recuperación de un paciente de estas características, pero se puede afirmar que, en general, cuanto más grave sea la lesión, mayores serán las secuelas.

En general, es recomendable que las personas afectadas por un Daño Cerebral Adquirido se sometan a un proceso de rehabilitación constante y especializado con el objetivo de recuperar el mayor nivel de autosuficiencia posible. Pero en ocasiones el margen de recuperación es limitado y estas personas necesitarán de asistencia individualizada durante el resto de su vida para acometer incluso las tareas más sencillas de su vida diaria.

Cuando se sufre una lesión de estas características la vida social y laboral del sujeto se ve alterada por completo. De hecho, la consecuencia más inmediata a nivel legal es la de iniciar los trámites para obtener la incapacidad que puede convertirse en permanente dependiendo de las secuelas que tenga el accidentado. Por supuesto, para obtener la incapacidad habrá que cumplir las condiciones que el equipo de valoración dependiente del INSS exija.

De manera independiente, la persona que padece un Daño Cerebral Adquirido a consecuencia de un accidente de tráfico tendrá que recurrir en la mayoría de ocasiones, él o su familia, a la vía judicial penal o civil para conseguir la indemnización que le corresponda. Para ello, será necesario contar con asistencia letrada y determinar con certeza el nivel de secuelas (físicas, neurológicas, estéticas, …), los días de baja necesarios para su estabilización, las indemnizaciones por ayuda de tercera persona, las indemnizaciones por la incapacidad permanente sufrida, por la adecuación de su vivienda a la nueva realidad, por el daño moral complementario e indemnizaciones por los daños y perjuicios de los familiares más cercanos, entre otros conceptos.

Daño Cerebral Adquirido por Accidente, ¿Y ahora que pasará con mi vida?

En un accidente, ya sea de tráfico o por cualquier otra causa (caída en la calle, en un centro comercial, en un establecimiento privado, …) en el que se produzca un traumatismo craneoencefálico importante, puede dar como resultado lo que se denomina Daño Cerebral Adquirido (DCA).

Estas lesiones son muy graves y provocan un cambio de vida radical para el perjudicado y las personas que tiene alrededor. El perjudicado por Daño Cerebral Adquirido acostumbra a sufrir alteraciones cognitivas y psicológicas e incluso limitaciones fisiológicas que le impiden ser autosuficientes en su vida diaria, dependiendo de sus familiares más cercanos.

Ante este tipo de lesiones graves, los familiares deben ser conscientes de los derechos que les asisten, ya que van a pasar por unos momentos muy difíciles de atención a un familiar que no volverá a ser el mismo. Si existe un culpable al que reclamar que disponga de un seguro de responsabilidad civil (como puede ser en el caso de un accidente de tráfico), es importante no sólo las indemnizaciones que se deben reclamar (secuelas, días de baja y hospitalarios, incapacidades, daños morales, ayudas de terceras personas, …), sino también los servicios o ayudas complementarias que deberían ir a cargo de la compañía de seguros, o las ayudas sociales a las que tiene derecho el perjudicado.

En este sentido, el lesionado podría tener derecho a disfrutar de una prestación por discapacidad, o a disfrutar de los derechos que le otorga la Ley de Dependencia en Catalunya. El reconocimiento oficial del grado de dependencia conlleva el derecho a acceder a determinadas prestaciones de servicios sociales, facilitados a través de la oferta pública de la Red de servicios sociales, centros públicos o privados concertados, y económicas consistentes en ayudas vinculadas al servicio de asistencia social, de ayuda a personas cuidadoras no profesionales y para la asistencia personal.

Los familiares de las víctimas acostumbran a ser los encargados de tramitar todas estas gestiones burocráticas, aunque en ocasiones esta tarea se convierte en un camino que se hace muy cuesta arriba ya que nunca antes se habían encontrado en estas circunstancias. En RDI SERVICIOS JURIDICOS, RECLAMACION DE INDEMNIZACIONES, somos Abogados independientes de las compañías de seguros, expertos en reclamar indemnizaciones cuando existen secuelas por Daño Cerebral Adquirido y que además queremos ayudar a nuestros clientes tramitando las ayudas asociadas a la Ley de la Dependencia, o iniciar cualquier proceso de reconocimiento de su discapacidad, para que puedan disfrutar de los derechos que les asisten.

Daño cerebral adquirido por accidente en moto en nuestras prácticas

Ismael es un niño de 15 años que tuvo un accidente de moto muy grave cuando iba de ocupante con un amigo, golpeándose la cabeza contra el suelo sin casco al saltarle por el fuerte impacto. Como consecuencia del accidente, Ismael ya no podrá seguir las clases como el resto de sus amigos porque sufre un Daño Cerebral Adquirido que le limita las capacidades cognitivas y sufre graves trastornos de la personalidad.
Su madre acudió al despacho preocupada por la situación de su hijo y para reclamar a la compañía de seguros toda la indemnización posible por los daños y perjuicios sufridos, por la ayuda de tercera persona que necesitará su hijo de por vida y por la incapacidad permanente para las actividades de su vida diaria.
Después de nuestra reclamación extrajudicial, la compañía no quería pagar la máxima indemnización a la madre por las secuelas ni por el resto de conceptos adicionales que reclamamos, pero finalmente en el juzgado el juez nos dio la razón y tuvieron que pagar por todos los conceptos y con intereses.

Otro ejemplo de daño cerebral adquirido por accidente de tráfico en práctica de RDI

La familia de nuestra clienta Mª Luisa acudió a nuestro despacho con muchas preocupaciones y preguntas sobre el futuro de su familiar con Daño Cerebral Adquirido tras un accidente de tráfico. No recibía el trato neuropsicológico adecuado, desconocían si tenía que ser incapacitada y quién se debía ocupar de ello, y tampoco tenían acceso a ningún perito médico que les ayudara a determinar el alcance de sus secuelas e incapacidades.
En RDI RECLAMACION DE INDEMNIZACIONES le ofrecimos ayuda médica en las áreas que precisaba el lesionado, luchamos por la máxima indemnización determinando las secuelas e incapacidades en su grado máximo y le propusimos gestionarle todos los trámites para la incapacitación del lesionado, además de tramitarle las ayudas públicas de la Generalitat que le correspondían.
Queremos ayudar a los lesionados en accidentes y a sus familiares.