Desde el 2 de enero de 2026 todos los patinetes eléctricos deberán contar con un seguro obligatorio de responsabilidad civil en España. Esta medida, incluida en la reforma del Baremo de Tráfico 2025, busca aumentar la protección de peatones, ciclistas y usuarios ante posibles accidentes. La ley establece que los propietarios de patinetes eléctricos (considerados “vehículos personales ligeros”) tendrán que suscribir un seguro similar al de los coches o motos, aunque adaptado a sus características.
¿Qué dice la nueva normativa sobre los patinetes eléctricos?
La Ley 5/2025 crea un seguro obligatorio específico para vehículos personales ligeros (VPL), categoría en la que se incluyen los patinetes eléctricos. Un VPL se define como:
- Vehículos de 1 plaza, con motor eléctrico.
- Velocidad máxima de fabricación entre 6 y 25 km/h si pesan menos de 25 kg.
- Velocidad máxima de 6 a 14 km/h si pesan más de 25 kg.
- Solo pueden llevar sillín si tienen sistema de autoequilibrado.
Quedan fuera:
- Bicicletas con pedaleo asistido de hasta 25 km/h y 250w.
- Vehículos para personas con movilidad reducida.
- Vehículos militares.
¿Cuándo es obligatorio el seguro en patinete eléctrico?
El seguro será obligatorio a partir del 2 de enero de 2026.
Hasta esa fecha hay un periodo transitorio en el que los usuarios no serán sancionados por circular sin póliza, aunque los daños serán cubiertos por el Consorcio de Compensación de Seguros.
¿Qué cubre el seguro obligatorio para patinetes eléctricos?
El seguro cubrirá la responsabilidad civil por:
- Daños personales a peatones, ciclistas u otros usuarios.
- Daños materiales a bienes o vehículos.
Las cuantías mínimas fijadas son:
- 6.450.000 € por siniestro en daños a personas.
- 1.300.000 € por siniestro en daños a bienes.
¿Qué pasa si circulo sin seguro con un patinete eléctrico?
Desde 2026, circular sin seguro conllevará sanciones económicas (multas de hasta 1/3 del importe previsto para los vehículos a motor tradicionales).
Además, en caso de accidente, el Consorcio de Compensación podría pagar a la víctima, pero luego reclamar la indemnización al propietario del patinete.
Cambios en el baremo de tráfico que afectan a las indemnizaciones
La reforma también modifica el sistema de valoración de daños:
- Las indemnizaciones se actualizan con el IPC en lugar del IRP.
- Se amplía la protección a herederos de víctimas y se asegura que el cálculo de ingresos nunca sea inferior al Salario Mínimo Interprofesional.
- Se incluyen nuevas tablas simplificadas para indemnizar en casos de incapacidad o fallecimiento.
Lo más importante que debes saber
- El seguro obligatorio para patinete eléctrico entra en vigor el 2 de enero de 2026.
- Será exigido a todos los vehículos personales ligeros (patinetes eléctricos, segways, etc.).
- Cobertura mínima: 6,45 millones € en daños personales y 1,3 millones € en daños materiales.
- Circular sin seguro supondrá multas y responsabilidad económica total en caso de accidente.
- La reforma también actualiza el Baremo de Tráfico, mejorando indemnizaciones y protección a víctimas
FAQ
¿Cuánto costará aproximadamente el seguro de un patinete eléctrico?
Aunque aún no hay tarifas oficiales, se estima que el precio rondará entre 20 y 50 € anuales, dependiendo de la aseguradora y coberturas adicionales.
¿Qué patinetes no están obligados a tener seguro?
Las bicicletas eléctricas con pedaleo asistido (hasta 25 km/h y 250w), los vehículos de movilidad reducida y los diseñados para uso militar quedan fuera de esta obligación.
¿Dónde contratar el seguro obligatorio para patinetes eléctricos?
Se podrá contratar en cualquier aseguradora autorizada en España. En caso de que una compañía rechace la cobertura, el Consorcio de Compensación de Seguros podrá ofrecer la póliza
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